CAPÍTULO C: SECRETARÍA DE ASUNTOS ACADÉMICOS 1

ARTÍCULO 201. Misión y funciones de la Secretaría de Asuntos Académicos

MISIÓN:

Asistir al Rector de la Universidad en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades académicas que se llevan a cabo en la Universidad, y en la ejecución de directivas destinadas a asegurar el cumplimiento de los fines de la Universidad.

FUNCIONES:

  • Entender en la elaboración de los proyectos de reglamentaciones y resoluciones del área.
  • Entender en la elaboración de políticas y proyectos referidos a las actividades académicas de la Universidad.
  • Entender en la gestión y coordinación del servicio de orientación al estudiante.
  • Entender en el diseño, coordinación y gestión de programas académicos especiales, de educación a distancia y de extramuros.
  • Entender en todo lo referente a planes de estudio, programas de enseñanza y cursos de perfeccionamiento para docentes y para graduados.
  • Entender en la formulación de directivas que, en lo atinente a su competencia, concurran a la actividad de los alumnos, designación de personal docente, concursos para proveer cargos de esa categoría y su oportuna realización.
  • Entender en la gestión y la coordinación de programas de apoyo a la docencia, tales como biblioteca y tecnología educativa.
  • Entender en el control de los pedidos de diplomas de egresados y en la aplicación de los vinculados a premios universitarios y su expedición.
  • Entender en lo referente a la habilitación reválida y reconocimiento de títulos extranjeros.
  • Suscribir juntamente con el Rector los diplomas que expide la Universidad.
  • Entender en la expedición de los diplomas de profesores ordinarios y extraordinarios.
  • Entender en la información solicitada por organismos nacionales o privados del país o del extranjero sobre alumnos y graduados.
  • Supervisar la información referida a:

1. Planes de Estudio.

2. Notificaciones de planes de estudio.

3. Creación de carreras.

4. Equivalencias de materias.

5. Correlatividades de materias.

6. Reconocimiento de estudios de otras universidades nacionales, privadas y extranjeras.

  • Asistir a las Comisiones del Consejo Superior en el ámbito de su área de competencia.

[1] Misión y funciones de la Secretaría conforme al Anexo II de la Resolución (CS) Nº 3/18.