CAPÍTULO K: SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA 1

ARTÍCULO 1001. Misión y funciones de la Secretaría de Educación Media

MISIÓN:

Asistir al Rector de la Universidad en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades académicas que se llevan a cabo en los colegios de enseñanza media dependientes de la Universidad.

FUNCIONES:

  • Entender en la elaboración de los proyectos de reglamentaciones y resoluciones del área.
  • Entender en todo lo referente a planes de estudio, programas de enseñanza y cursos de perfeccionamiento para docentes y para graduados.
  • Entender en la formulación de directivas de carácter normativo, en lo atinente a su competencia, concurren a la actividad de los alumnos, designación de personal docente, concursos para proveer cargos de esa categoría y oportuna realización de éstos.
  • Entender en la gestión y la coordinación de los servicios de apoyo a la docencia, tales como biblioteca y tecnología educativa.
  • Entender en el control de los pedidos de diplomas de egresados y en la aplicación de los vinculados a premios universitarios y su expedición.
  • Entender en lo referente a la habilitación reválida y reconocimiento de títulos extranjeros.
  • Entender en la información solicitada por organismos nacionales o privados del país o del extranjero sobre alumnos y graduados de los establecimientos de Enseñanza Media.
  • Supervisar la información referida a: 1. planes de estudio de carreras de educación media; 2. notificaciones de planes de estudio; 3. creación de carreras de educación media; 4. equivalencias de materias; 5. correlatividades de materias; 6. reconocimiento de estudios de otros colegios nacionales, provinciales, privados y extranjeros.
  • Entender en todo lo referido a la instrumentación de cursos de capacitación, seminarios de actualización, coloquios, congresos y concursos docentes de los colegios universitarios.
  • Asistir a las Comisiones del Consejo Superior en el ámbito de su área de competencia.

[1] Misión y funciones de la Secretaría conforme al Anexo X de la Resolución (CS) Nº 3/18.