CAPÍTULO L: SECRETARÍA DE DESARROLLO Y BIENESTAR DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD 1 2

ARTÍCULO 1101. Misión y funciones de la Secretaría de desarrollo y bienestar de las trabajadoras y los trabajadores de la universidad.

MISIÓN

Asistir al Rector de la Universidad en el diseño, promoción y coordinación de políticas que estimulen el Desarrollo y el Bienestar de los Trabajadores nodocentes Universitarios, a fin de mejorar su calidad de vida e incentivando su integración a la comunidad Universitaria para, de esa manera, potenciar y apuntalar el rol que, por derecho, cumple en el ámbito de esta Universidad.

FUNCIONES

  • Proponer y coordinar políticas para la salud integral que mejoren la actividad, tanto sea con la Dirección Obra Social de la Universidad de Buenos Aires como con los Hospitales Universitarios, priorizando la prevención e incentivando la aplicación de políticas de solidaridad y eficiencia.
  • Proyectar conjuntamente con la Secretaría de Asuntos Académica, la Secretaria de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil y la Secretaría de Hacienda y Administración, actividades de capacitación tanto general como laboral, capitalizando la experiencia adquirida por APUBA a través de su Centro de Cultura y Capacitación Facultar.
  • Proponer, coordinar y desarrollar actividades culturales con la Secretaría de Relaciones lnstitucionales, Cultura y Comunicación, estimulando la participación de los trabajadores y su grupo familiar.
  • Proponer, gestionar y articular con la Secretaria de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil proyectos deportivos, recreativos y de Acción Social para el trabajador nodocente y su familia.
  • Diseñar y coordinar el desarrollo de herramientas e iniciativas de comunicación en conjunto con la Secretaria de Relaciones Internacionales, Cultura y Comunicación, que apunten a la formación de los trabajadores y que funcionen como canales de información de las novedades y actividades del sector a la comunidad Universitaria. En igual sentido potenciar en el ámbito nodocente la difusión de toda la actividad universitaria.

[1] Misión y funciones de la Secretaría conforme al Anexo XI de la Resolución (CS) Nº 3/18.
[2] El nombre de la Secretaria fue modificado por el Artículo 2º Resolución (R) ad-referéndum Nº 1354/18 ratificada por Resolución (CS) Nº 1097/18.