CAPÍTULO A: UNIDAD DE PROMOCIÓN DE LA CALIDAD 1
ARTÍCULO 1. Crear la Unidad de Promoción de la Calidad como una unidad organizacional dependiente del Rector de la Universidad.
ARTÍCULO 2. Las funciones de la Unidad de Promoción de la Calidad son:
1. Asesorar al Consejo Superior y al Rector en la materia de su competencia.
2. Planificar e implementar actividades vinculadas a procesos de aseguramiento de la calidad.
3. Desarrollar acciones específicas en materia de relevamiento, análisis y/o producción de información de base; de capacitación y formación de equipos especialistas; de producción de materiales de trabajo generales y específicos.
4. Generar criterios, instrumentos e indicadores consensuados institucionalmente para el aseguramiento y mejoramiento de la calidad.
5. Formar especialistas en evaluación universitaria.
6. Generar actividades académicas y documentos para el desarrollo de los programas de calidad.
7. Participar a nivel nacional e internacional en eventos sobre la materia de su competencia.
ARTÍCULO 3. La Unidad de Promoción de la Calidad está dirigida por un Coordinador Ejecutivo, designado por el Consejo Superior a propuesta del Rector. El Coordinador Ejecutivo tendrá rango de Secretario de Universidad. El Coordinador Ejecutivo será asistido por un Comité Asesor integrado por los Secretarios de la Universidad, según sus competencias específicas, y por un Comité Académico conformado por personas de reconocida trayectoria académica en la materia. 2
ARTÍCULO 4. Las funciones del Coordinador Ejecutivo son:
1. Proponer, diseñar y supervisar las políticas generales de la Unidad de Promoción de la Calidad.
2. Preparar la planificación anual de la Unidad de Promoción de la Calidad, para ser presentada al Comité Asesor.
3. Convocar y presidir las reuniones del Comité Asesor y del Comité Académico.
4. Informar al Rector y a las unidades académicas acerca de los procesos y resultados de las acciones implementadas.
ARTÍCULO 5. El Comité Asesor asistirá y aconsejará al Coordinador Ejecutivo en las siguientes cuestiones:
1. El diseño de la planificación anual del organismo.
2. La elaboración de informes que permitan la valoración técnica de los datos e indicadores que puedan servir de referentes sobre el estado y tendencias de evolución de la docencia, la investigación, la extensión, la gestión, entre otros, desde una perspectiva de mejora continua.
3. La promoción y desarrollo de estudios que permitan conocer las demandas, intereses y valoraciones de los miembros de la Universidad en temáticas específicas.
4. La elaboración de planes de mejora específicos y en coordinación con las Unidades Académicas.
5. La implementación de un repositorio de documentación específica sobre calidad y evaluación.
ARTÍCULO 6. La Unidad de Promoción de la Calidad contará con un Comité Académico conformado por TRECE (13) miembros de reconocida trayectoria académica en la materia, propuestos por las unidades académicas y designados por el Consejo Superior.
ARTÍCULO 7. El Comité Académico asistirá y aconsejará al Coordinador Ejecutivo en las siguientes cuestiones:
1. La organización de proyectos y propuestas de la Unidad de Promoción de la Calidad.
2. La realización de actividades en el marco de las líneas que establezca la Unidad de Promoción de la Calidad.
3. La elaboración de procedimientos para el desarrollo
e implementación de las políticas de calidad.
[1] Resolución (CS) Nº 5643/16.
[2] Artículo modificado por el Artículo 1º de la Resolución (CS) Nº 4/18.